Trámite
Licencia de Importación de Armas de Fuego y/o Munición por Persona Individual
Importación de Armas de Fuego y/o Munición por Persona Individual
Normativa
LA LEY DE ARMAS Y MUNICIONES (Decreto NUMERO 15-2009) y ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 85-2011 (Reglamento).
Requerimientos
- Formulario de solicitud de licencia de importación de armas de fuego
- Declaración jurada prestada ante notario, la cual debe contener la información siguiente: Nombres, apellidos, edad, estado civil, nacionalidad, profesión o actividad a la que se dedica, documento de identificación personal, fecha y lugar de extensión del DPI, dirección exacta del domicilio, de su lugar de trabajo, promesa de informar inmediatamente de cualquier cambio en los datos proporcionados; asimismo, cantidades, características de las armas de fuego que integran el lote, marca, calibre, y conversiones a otros calibres, número de registro, modelo, largo del cañón o cañones del arma y país de procedencia. En caso de algún cambio en los datos proporcionados se deberá informar inmediatamente a quien corresponda.
- Fotocopia legalizada del Documento Personal de Identificación
- Certificación de carencia de antecedentes penales y policiales
- Certificación de trabajo o constancia de ingresos
- Catálogo con características de las armas de fuego a importar
- Factura proforma (si es en otro idioma adjuntar traducción jurada)
- Recibo de pago de la licencia de importación y certificado de usuario final
IMPORTACION DE ARMAS (UNIDAD) Q. 10.00 IMPORTACION DE MUNICION (MILLAR) Q. 5.00
Pasos
- Ingresar a nuestra página web para conocer los requisitos
- Presentarse con DPI original y vigente, formulario correspondiente y los requisitos necesarios.
- Realizar el pago.
Ir al trámite en línea
Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de la Defensa Nacional -MINDEF-

